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08 junio 2010

Convenio de Transporte de Mercancías por Carretera y Logística de la Provincia de Valencia


En Valencia, a 7 de junio de 2010, se reunen las representaciones de las Centrases Sindicales de CC.OO. y UGT, y la Federación Valenciana de Empresarios Transportistas, al objeto de proceder a la firma del Convenio Colectivo de Transporte de Mercancías por Carretera y Logística de la Provincia de Valencia y sus tablas salariales.

20 abril 2010

Se ha ratificado el principio de acuerdo del Convenio de transporte de mercancías de la província de Valencia

En el día de hoy, ha sido ratificado por la asamblea de delegados y delegadas el principio de acuerdo firmado el pasado 29 de marzo, sobre la negociación del Convenio Colectivo de Transporte de mercancías por carretera y Logística de la província de Valencia para los años 2009 , 2010 y 2011.

13 abril 2010

Principio de acuerdo

La presión ejercida por las trabajadoras y trabajadores del sector mediante la convocatoria de cuatro días de huelga posibilita romper con la cerrazón de la patronal, y la firma de un buen principio de acuerdo que recoge mejoras tanto económicas, como sociales. una vez mas la firmeza de Comisiones Obreras, se une a la eficacia con la consecución de este acuerdo.
Vigencia: Años, 2009, 2010 y 2011.
Jornada: Reducción de 8h de jornada anual para el año 2011 (1761h). Esas horas se concretarán en un día mas de libre disposición o de vacaciones. Así mismo, la jornada diaria no se podrá dividir por un periodo superior a 3h horas, hasta ahora eran cuatro. En cuanto a las horas extras, su compensación se deberá de comunicar con cinco días de antelación y no dos como antes.
Partes de trabajo: Se recoge la obligación de la empresa a entregar mensualmente al conductor el ticket digital. Esto permitirá al conductor tener un seguimiento real de la actividad realizada.
Certificado de Aptitud Profesional . CAP: De las 35h horas de formación obligatoria que se tiene que realizar cada cinco años para poder ejercer de conductor profesional. Dieciséis, es decir dos días irán a cargo de la empresa.
Clasificación Profesional: El ascenso de Auxiliar administrativo a Oficial de 2ª administrativo será automático a los dos años. Se suprime la necesidad de realizar un curso de formación para ascender.
Licencias retribuidas: Un día de permiso par el caso de fallecimiento de parientes de tercer grado (sobrinos, tíos y bisabuelos), uno mas en caso de desplazamiento.
Cinco días de permiso no retribuido por fallecimiento o enfermedad de familiares de hasta 2º grado, siete si hay desplazamiento al extranjero. Esto mejora mucho los tres retribuidos que tenemos actualmente, y facilita la atención real del pariente, así como el desplazamiento al extranjero si este es necesario, sin merma alguna en las vacaciones.
Conciliación de la vida laboral y familiar: La hora retribuida de reducción de jornada diaria por lactancias, podrá sustituirse a solicitud de la trabajadora o trabajador, por una ampliación de entre 15 y 20 días laborales mas, en función de cuando se acogió al permiso de 16 semanas por parto,.
Se amplia la reserva de puesto de trabajo en el caso de excedencia por motivos familiares, de un año a un año y medio.
Se equiparan las parejas de hecho, como unidad familiar para todos los efectos recogidos en el convenio. Siempre que se acredite de la forma que se regule.
Plus de nocturnidad: Se incrementa el valor de las horas realizadas entre las 22h y la 6h. Pasando del 14% del valor de la hora ordinaria actual, al 20% en el 2010 y el 25% en el 2011. Esto representa aproximadamente 75€ mensuales mas para el 2010, y otro tanto mas para el 2011.
Plus de Frios: Este plus es de nueva creación, y se abonará por hora trabajada en cámaras de congelación. Pudiendo rondar los 100€ mensuales para aquellos que realicen toda su jornada en estas condiciones.
Subrogación: Esta cláusula se incorporará obligatoriamente a partir del 2012, en el caso de que no se alcance un acuerdo al respecto en el Acuerdo Marco Estatal del Transporte de Mercancías, que se está negociando actualmente. Con todo lo que conlleva sobre la estabilidad en el empleo.
Incrementos salariales: Año 2009, IPC Real (0’8%). Año 2010 1% a cuenta, con garantía del IPC Real mas 0´5%; Año 2011 1´5% a cuenta, con garantía del IPC Real mas el 0´5%. Es decir, las trabajadoras y trabajadores del sector mejoramos el poder adquisitivo durante la vigencia del convenio.


30 marzo 2010

Convenio de transporte de mercancías por carretera y logística de la provincia de Valencia (principio de acuerdo)


Puntos que afectan en nuestro centro de trabajo:

1- Vigencia: 2009, 2010 y 2011.
2- Jornada: Reducción de 8 horas anuales en 2011 (1761).
3- Licencias retribuidas: 1 día por fallecimiento de familiares de tercer grado más otro en caso de desplazamiento.
4- Plus nocturnidad: Para el año 2010 un 20% de la hora ordinaria y para el 2011 un 25% de la hora ordinaria
5- Conciliación de la vida familiar: Acumulación de la lactancia y reserva del puesto de trabajo en caso de excedencia durante 18 meses.
6-Incremento salarial:

2009--> IPC real (0,8)
2010--> IPC real + 0,5 (1% a cuenta)
2011--> IPC real + 0,5 (1,5% a cuenta)

29 marzo 2010

Se ha desconvocado la huelga del sector del transporte de mercancías por carretera de la provincia de Valencia

A última hora de esta tarde se ha llegado a un preacuerdo con la Patronal para desconvocar la huelga del sector del transporte. Dicho preacuerdo ha sido posible porque la Patronal ha renunciado a la jornada semanal de lunes a domingo entre otras cosas.


A lo largo de los próximos días informaremos sobre los detalles de dicho preacuerdo.

MUCHAS GRACIAS POR VUESTRO APOYO.

28 marzo 2010

Huelga en el sector del transporte de mercancías por carretera de la provincia de Valencia.


-Para que la jornada semanal no sea de lunes a domingo.

-Para que no nos modifiquen el régimen disciplinario.
-Para que no nos añadan más funciones a nuestras categorías profesionales.
-Para que no modifiquen nuestras vacaciones de verano a peor.
-Para seguir manteniendo el dinero extra que ganamos cuando trabajamos los fines de semana voluntariamente.
- Para poder disfrutar de nuestros hijos los fines de semana.
- Para que no crean que somos idiotas.
- Para demostrar que no tenemos miedo a los que nos presionan .
- Para que no nos congelen el sueldo.
- Para que no nos despidan cuando les apetezca.
- Para que no nos sancionen por tonterías.
- Y sobretodo, para demostrar que somos más y más fuertes que ellos.



POR UN CONVENIO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA Y LOGÍSTICA DE LA PROVINCIA DE VALENCIA DIGNO.



27 marzo 2010

Información para los trabajadores de la noche

Los trabajadores del turno de la noche que secunden la huelga tendrán que trabajar desde las 22.00 hasta la 24.00 y después salir del centro de trabajo para ejercer su derecho a la Huelga. La empresa tendrá que pagarles las dos horas de trabajo.


Esta situación solo se da en el primer día de huelga.

El esquirolaje

El artículo 6.4 del R.D.L.R.T. establece que, en tanto dure la huelga, el empresario no podrá sustituir a los huelguistas por trabajadores que no estuviesen vinculados a la empresa al tiempo de ser comunicada la misma.



Como ha recordado el TS, está vedado a la empresa... “sustituir a los trabajadores que están en huelga por los que han decidido no sumarse a ella, para que éstos últimos hagan el trabajo ordinario de aquellos. Porque entonces, como dijo esta Sala en su sentencia de 23 de octubre de 1989 (RJ 1989, 7533), “amén de ser reprobable la conducta de los sustitutos, para quienes su libertad de no sumarse a la huelga no les faculta para neutralizar la que hicieron sus compañeros, habría que reputar ilícita la actuación del empleador, pues con ella se excluiría el efecto limitador de la huelga en la esfera de su libertad vaciando de contenido al derecho de huelga” [STS de 31 marzo 2000 (RJ 2000, 7403)]

Es, así, abusiva utilización por el empresario de sus poderes organizativos para desactivar una huelga (STCO 123/1992, de 28 de septiembre; STS de 4 de julio de 200, Ar/6289

En caso de incumplimiento empresarial de esta obligación legal, los trabajadores pueden denunciar al autoridad laboral el hecho y ésta sancionar administrativamente a al empresa (art. 8.10 de la LISOS)

Cabe acudir igualmente al procedimiento especial de la tutela de la libertad sindical (arts. 175 a 182 de la L.P.L.), pudiendo calificarse el esquirolaje como una conducta antisindical del empresario o como un atentado al derecho fundamental de huelga. La sentencia declarará, en su caso, el cese inmediato del comportamiento ilícito, así como la reparación consiguiente de sus consecuencias ilícitas, remitiendo las actuaciones al Ministerio Fiscal por su hubiera delito (arts. 15 de la LOLIS y 180 de la L.P.L.) (por todas, S.T.S. de 8 de mayo de 1995, Ar/3752)

Cabrá, finalmente, la vía penal, exigiendo responsabilidades con base en el delito del art. 315.1 y 2 del Codigo Penal que tipifica la conducta consistente en impedir o limitar el ejercicio de Libertad sindical o del derecho de huelga mediante engaño o abuso de situación de necesidad.

Hay gente que no acierta nunca, pero sigue metiendo miedo como siempre.

Algunos mandos (de la tarde) siempre dicen lo mismo:


- Si no permitimos abrir los fines de semana la empresa se irá a Almansa--> Se ha demostrado que trabajamos los fines de semana voluntariamente y la Empresa sigue en Ribarroja

- Si votáis a CC.OO., la empresa despedirá a gente--> Se ha demostrado que es mentira.

- CC.OO. denuncia para joder a la Empresa--> Es mentira ya que ganamos el juicio de las vacaciones , hemos mejorado en el tema de los accidentes de trabajo y se han puesto los muelles de carga eléctricos y todo ello sin consecuencias negativas para los trabajadores.

- No hagáis huelga que es cosa de los de siempre y traerá problemas--> A la larga se demostrará que no pasará nada, y lo que haremos será salir ganando.


La misma gente de siempre es la que está metiendo miedo a los trabajadores desde hace muchos años, ya que lo único que quieren es conservar la comodidad de su puesto de trabajo y no ensuciarse las manos moviendo palets o cajas.

Desde este blog también queremos dar las gracias a los mandos que no presionan a los trabajadores con el tema de la huelga.





26 marzo 2010

Huelga

REAL DECRETO LEY SOBRE RELACIONES DEL TRABAJO (muy resumido)


-En tanto que dure la huelga el empresario no podrá sustituir a los huelguistas por trabajadores que no estuvieran vinculados a la empresa al tiempo de ser comunicada la misma. (Art. 6.4 RDLRT)

-No se puede utilizar trabajadores de la misma empresa o de fuera para sustituir los trabajos que venían realizando los trabajadores huelguistas.

-No es admisible la utilización de trabajadores de otras categorías, aun con su consentimiento, para sustituir a los trabajadores en huelga.

23 marzo 2010

Se recuerda que:

Las empresas no podrán celebrar contratos de puesta a disposición con empresas de trabajo temporal para sustituir a trabajadores en huelga en la empresa usuaria.

10 marzo 2010

Huelga en el sector del transporte de mercancías por carretera de la provincia de Valencia.



-31 de marzo
-1 de abril
-13 de abril
-14 de abril

















07 marzo 2010

La FVET rompe la paz social en el sector del transporte de mercancías por carretera


La FVET y sus Empresas asociadas han conseguido que se rompa la paz social en el sector del transporte de mercancías por carretera de la provincia Valencia. Esto supondrá una convocatoria de huelga en las próximas fechas y que lo que no quieren pagar en salario a sus trabajadores, lo paguen en sanciones.

05 marzo 2010

VAMOS A LA HUELGA



Si habéis seguido este blog estareis al día de la "negociación del convenio colectivo". Después de mucho tiempo de negociaciones y cuando parecía que se iban acercando posturas, la patronal da marcha atrás y vuelve a sus posturas iniciales esclavistas y ruínes.

A estas alturas, o ponemos el culo ya para que nos lo partan del todo, o vamos a la huelga, así que los dos sindicatos hemos decidido ir a la huelga. Las convocatorias se harán muy pronto, y ya se han consensuado algunas fechas.

Además de las jornadas de huelga se organizarán otras medidas de las que os informaremos puntualmente. Hay que demostrarle a esa gentuza que aunque trabajemos para ellos no somos de su propiedad.

04 marzo 2010

Si les damos lo que quieren, pronto llegaremos a ésto.

CONVENIO DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA (2012,2013.2014 ,2015, 2016 y 2017)


JORNADA EFECTIVA DE TRABAJO:

. Cuando la empresa lo solicite.

VESTIMENTA:

· Le sugerimos que venga vestido/a de acuerdo a su salario. Si le vemos calzando unos Martinelli o con un bolso Gucci, asumiremos que su situación económica es boyante, y por lo tanto no necesita un aumento de sueldo.

· Si viste miserablemente, entenderemos que usted necesita aprender a administrarse mejor, para que así pueda comprar ropa de mejor calidad, y por lo tanto usted no necesita un aumento de salario.

· Si viste usted en un termino medio, quiere decir que usted está exactamente donde tiene que estar, y por lo tanto no necesita un aumento en su nómina.

DÍAS POR ENFERMEDAD

· De ahora en adelante no aceptaremos un justificante médico como prueba de que estuvo enfermo. Si usted puede ir al médico, lógicamente usted puede venir a trabajar.

CIRUGÍA

· Todas las cirugías están prohibidas. Mientras usted trabaje para esta empresa necesita todos sus órganos. Nosotros le
contratamos a usted intacto. Cualquier extirpación constituye una violación al contrato de trabajo.

DÍAS DE VACACIONES

· Todas las empleadas y los empleados de la empresa tomarán sus vacaciones en las mismas fechas todos los años. Los días de vacaciones serán los siguientes: 1 de enero, 12 de octubre y 25 de diciembre.

DÍAS POR FUNERAL

· No hay excusa para faltar al trabajo. No hay nada que usted pueda hacer por amigas/os, familiares o compañeros/as de trabajo muertos. Debe hacer los esfuerzos para que a los funerales asistan personas que estén desempleadas.

· En casos muy especiales donde la presencia del empleado o empleada sea necesaria, el funeral se debe organizar en las últimas horas de la tarde. Nosotros le permitiremos trabajar de continuo durante su hora de comida para que así pueda salir una hora antes, siempre y cuando su parte del trabajo haya sido cumplida.

AUSENCIA POR PROPIA DEFUNCIÓN

· Esta será una excusa aceptable. Sin embargo, le requerimos por lo menos dos semanas de pre-aviso ya que es su responsabilidad entrenar a su sustituto o sustituta.

USO DE LOS BAÑOS

· Hasta hoy se ha perdido mucho tiempo en los baños. En el futuro, utilizaremos la práctica de ir al baño en orden alfabético. Por ejemplo todos los empleados/as cuyos nombres comiencen por “A” irán de 9:00 a las 9:20

· Si no tiene ganas de ir en la hora que le toca, será necesario que espere al próximo día cuando su turno llegue otra vez. En casos de emergencias extremas, el empleado/la empleada podrá cambiar su turno con el de algún otro empleado/a. Los supervisores y supervisoras de ambos empleados deberán aprobar el cambio de turno por escrito.

· Además, tendrán un límite de tres minutos en los aseos. Al final de los tres minutos, sonará una alarma, el rollo de papel se retractará, la puerta del inodoro se abrirá y se le tomará una foto como prueba de la infracción. Después de dos infracciones su foto
se colocará en el tablón de anuncios bajo la categoría "Infractores Crónicos".

HORARIO DE COMIDA

· Las personas delgadas tendrán 30 minutos para comer, ya que necesitan comer bastante para poder lucir sanos.

· Las personas de tamaño normal tendrá 15 minutos para la comida, como garantía de un almuerzo sano y equilibrado y así mantener la línea.

· A los menos delgados/as se les dará 5 minutos ya que éste tiempo es más que suficiente para tomarse una galleta de "Biomanán" y una pastilla quema-grasas.

Gracias por su lealtad a la Compañía. Nosotros estamos aquí para procurarle la
experiencia de un empleo positivo que le realice como persona a través
del trabajo.

03 marzo 2010

Propuesta de la Patronal

- - Congelación Salarial.

- - El periodo de vacaciones de verano será de 15 días y se disfrutará entre el 1 de mayo y el 31 de octubre.

- - La jornada efectiva de trabajo se distribuirá a lo largo de la semana de lunes a domingo.

- - Etc.

02 marzo 2010

Un año y dos meses con el salario congelado y sin convenio en el sector de transporte de mercancías en Valencia


Los trabajadores del sector queremos un convenio digno, y no podemos seguir así. Llevamos con el salario congelado más de un año. Y mas de dos con el mismo convenio, queremos soluciones ya.

La actitud de la Patronal, primero pretendiendo rebajar los salarios del 2009, puesto que el IPC real de ese año había sido inferior al previsto. Y ahora con ofertas que están muy lejos del mantenimiento real del poder adquisitivo de los trabajadores, Y escasas mejoras sociales, nos ha llevado al mes de febrero de 2010 sin convenio. Esto no se puede dilatar mas, queremos respuestas.
Queremos un acuerdo, y corresponde a los empresarios dar un paso adelante y aceptar las justas reivindicaciones de los trabajadores.

Qué queremos?:

-Reducción de la jornada anual.
-Incrementos superiores al IPC para los años de vigencia del convenio.
-Cobrar los pluses fijos en vacaciones.
-Incrementar sustancialmente los pluses por ADR y Gruista.
-Pluses por trabajo a turnos, transporte y trabajo en cámaras de congelado.
-Mejoras económicas sustanciales para los compañeros que realizan jornadas nocturnas.
-Mejorar los permisos retribuidos, para casos de familiares de tercer grado.
-Supresión del curso para ascenso de Auxiliar a Oficial de 2ª.
-Mejorar los complementos que paga la empresa por Incapacidad Temporal.
-Regular la subrogación de los trabajadores en las sucesiones de contratas.
-Distribuir entre la empresa y los trabajadores los costes del CAP.
-Garantizar en su domicilio un descanso semanal digno para los conductores.
-Mejoras para la conciliación de la vida laboral y familiar, acumulación de la lactancia, mayor periodo de reserva de puesto de trabajo para excedencias.


***


Si la Patronal mantiene sus posturas, habrá que convocar una huelga en el sector.


19 enero 2010

CONVENIO DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA Y LOGÍSTICA DE LA PROVINCIA DE VALENCIA

El pasado día 18/01/2010 se reunió la Comisión de Negociación del Convenio de Transporte de Mercancías por Carretera y Logística de la Provincia de Valencia. En la reunión se habló de condiciones económicas y aumentos salariales, sin llegar a ningún acuerdo, y finalmente se acordó que la próxima reunión tendrá lugar el día 1 de febrero de 2010.

22 diciembre 2009

Negociación del Convenio de Transportes de mercancías por carretera de la provincia de Valencia

El pasado día 21/12/2009 se reunió la Comisión de Negociación del Convenio de Mercancías por Carretera y Logística de la Provincia de Valencia. En la reunión se habló de jornada, vacaciones y tiempos de descanso, sin llegar a ningún acuerdo, y finalmente las partes acordaron que las próximas reuniones tendrán lugar los días 11 y 18 de enero de 2010, donde se tratarán los temas referentes a categorías, condiciones socio-laborales y condiciones salariales.

Seguiremos informando puntualmente.

10 diciembre 2009

CONVENIO DE TRANSPORTES DE MERCANCIAS POR CARRETERA Y LOGÍSTICA DE LA PROVINCIA DE VALENCIA


El pasado día 9/12/2009 se reunió la Comisión de Negociación del Convenio de Mercancías por Carretera y Logística de la Provincia de Valencia. En la reunión se habló de jornada, descansos, horas extraordinarias, vacaciones y licencias, sin llegar a ningún acuerdo, y finalmente los sindicatos advirtieron a la patronal de que el Convenio no puede seguir bloqueado porque esta situación puede terminar en conflicto.

Finalmente las partes acordaron que la próxima reunión tendrá lugar el día 21 de diciembre de 2009, donde la Patronal tiene que dar alguna propuesta coherente y que acerque posiciones con las propuestas de los Sindicatos.

Seguiremos informando puntualmente.